Guía
Residencia fiscal en EAU: cómo dejar de ser residente en España haciendo las cosas bien
Los 183 días son solo el principio. Centro de intereses económicos, familia y prueba documental.
Tener un visado de residencia en Emiratos no cambia por sí solo tu residencia fiscal. Es la idea que más conviene tener clara antes de dar el paso, porque de ella dependen casi todos los problemas que veo después.
Además, hay que decirlo desde el principio: el cambio de residencia fiscal no siempre es posible. Si tu familia, tus negocios o tus intereses principales van a seguir en España, puede que por mucho tiempo que pases aquí sigas siendo residente allí.
Dos preguntas distintas
Son dos análisis separados, y cada país responde solo al suyo:
- ¿Eres residente fiscal en Emiratos? Lo decide la norma emiratí.
- ¿Has dejado de ser residente fiscal en España? Lo decide la norma española.
Cumplir la primera no resuelve la segunda.
Qué mira España
El artículo 9 de la Ley del IRPF considera residente a quien cumpla cualquiera de estas circunstancias:
- Permanecer más de 183 días en España durante el año natural. Las ausencias esporádicas se cuentan como días en España, salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país.
- Tener en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos. Un negocio que sigues dirigiendo o unas rentas que se generan allí pesan mucho.
- Tener en España al cónyuge no separado y a los hijos menores que dependan de ti. En ese caso se presume que eres residente, salvo prueba en contrario.
Basta con una. Por eso el criterio de los días, siendo importante, es solo el principio.
El año natural importa
En España la residencia se determina por año natural completo. Si te marchas en septiembre, lo normal es que ya hayas superado los 183 días y sigas siendo residente durante todo ese año. La fecha de salida es una decisión con consecuencias.
Qué mira Emiratos
Conforme a la Decisión del Consejo de Ministros 85 de 2022, una persona física puede ser residente fiscal en Emiratos si se cumple alguna de estas situaciones:
- Tiene en Emiratos su residencia habitual y el centro de sus intereses personales y financieros.
- Ha estado físicamente en Emiratos 183 días o más en un periodo de 12 meses consecutivos.
- Ha estado 90 días o más en ese periodo, tiene permiso de residencia y dispone además de vivienda permanente o de empleo o negocio en Emiratos.
Cumpliendo los requisitos puedes solicitar a la autoridad fiscal un certificado de residencia fiscal. Es una prueba valiosa, pero no obliga a España a dejar de considerarte residente.
El convenio entre España y Emiratos
Aquí hay un punto que suele pasarse por alto. El convenio para evitar la doble imposición define como residente en Emiratos, en el caso de las personas físicas, a quien esté domiciliado allí y tenga la nacionalidad emiratí.
En la práctica, un español que se traslada no suele poder apoyarse en el convenio para resolver un conflicto de residencia. Por eso lo decisivo es dejar de cumplir de verdad los criterios de la ley española, y poder demostrarlo.
Lo que hay que revisar antes de salir
- Tu familia. Si se queda en España, o se traslada más tarde, hay que analizar cómo afecta a la presunción.
- Tus negocios. Una sociedad que sigues gestionando desde aquí puede seguir teniendo un fuerte vínculo con España.
- Tus participaciones. El llamado impuesto de salida, del artículo 95 bis de la Ley del IRPF, puede gravar las plusvalías latentes de participaciones importantes al perder la residencia, si se cumplen sus requisitos.
- Tus inmuebles y rentas en España. Seguirán tributando, ahora como no residente.
- Tu baja censal. Hay que comunicar el cambio de domicilio a la Agencia Tributaria y ordenar bancos, seguros y empadronamiento.
La prueba documental
Si la administración pregunta, lo hará años después. Conviene ir guardando desde el primer día:
- Visado de residencia y Emirates ID.
- Certificado de residencia fiscal en Emiratos.
- Contrato de vivienda registrado y facturas de suministros.
- Registro de entradas y salidas del país.
- Contrato laboral o licencia de tu actividad en Emiratos.
- Cuentas bancarias y movimientos de tarjeta que muestren dónde haces tu vida.
- Escolarización de los hijos y seguros médicos.
- Comunicación del cambio de domicilio a la Agencia Tributaria.
¿Y desde Latinoamérica?
Cada país tiene sus propias reglas. Algunos mantienen la tributación durante un tiempo después de la salida, y otros tienen criterios específicos para quien se traslada a determinadas jurisdicciones. El análisis es el mismo en lo esencial, pero las respuestas cambian, así que lo coordino con un gestor de tu país cuando hace falta.
Para empezar bien
Un traslado bien hecho empieza meses antes de coger el avión. En la página de traslado y residencia te explico cómo lo trabajo, y si además te preocupa cómo ordenar lo que tienes, en la de estructuración patrimonial.